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  • 22.8º

ACTUALIDAD

7 de octubre de 2014

Aprobado por Unanimidad

El última sesión del Concejo Deliberante de Lezama, los ediles aprobaron por unanimidad la siguiente Resolución...


Visto:
La Resolución Nº 1.641 aprobada por Unanimidad el pasado 11 de Septiembre en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Chascomús, y:

Considerando:
Que, la causa referida en el Visto, es motivada por el pedido de la Entidad “Chascomús de Pie” de un subsidio con el fin de financiar sus actividades como representante, para tramitar la Inconstitucionalidad de la Ley 14.087 en su artículo 2º y su planilla anexa de delimitación territorial,
Que, desde su conformación, la Entidad referida, ha trabajado en pos de la anulación de la Ley 14.087, forjadora de la legítima restitución histórica del Partido de Lezama,
Que, la Municipalidad de Chascomús y, la asociación de Vecinos mencionada, pretenden mediante distintos artilugios legales, una inconsistente estrategia, buscando impugnar la delimitación territorial y, como “efecto Dominó”, la derogación de la Ley citada,
Que, la Resolución aprobada en el Concejo chascomunense, refleja una expresión política contraria a la Ley de creación del Distrito de Lezama, desconociendo el accionar de Ambas Cámaras legislativas Bonaerenses y la del Propio Gobernador al promulgar la misma,
Que, resulta conveniente y necesario se tomen acciones para asegurar el permanente seguimiento y monitoreo del expediente I-70.777, de trámite en la Secretaría de Demandas Originarias de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires,
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Lezama, sanciona la siguiente:

Resolución
Artículo 1°: Éste Honorable Concejo Deliberante, rechaza todo intento de modificación de límites entre los distritos de Chascomús y Lezama, los cuales se encuentran claramente establecidos en la Ley Provincial Nº 14087 y/ó cualquier otra alteración en lo referente a porcentuales de coparticipación provincial.
Artículo 2°: Éste Concejo Deliberante, resuelve convocar a la conformación de la Comisión de seguimiento y evaluación del expediente I-70777, de trámite por ante la Secretaría de Demandas Originarias de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3°: La Comisión mencionada en el artículo precedente estará conformada de la siguiente forma:
* Intendente Municipal
* Presidente del Honorable Concejo Deliberante
* 1 Representante de cada Bloque del H.C.D.
* 1 Representante de cada partido político
* 1 Representante de cada Institución Intermedia que cuente con personería Jurídica

Artículo 4º: De forma.

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