Sábado 27 de Abril de 2024

Hoy es Sábado 27 de Abril de 2024 y son las 06:37 - Más de 50 delegaciones desfilaron por el Aniversario del Pueblo / Los vecinos de Monasterio ya cuentan con cámaras de seguridad / Importantes mejoras para el personal municipal anunció el Ejecutivo / Primer encuentro de Rondas Estudiantiles en la Región 17 / Temporada de Teatro 2024 en el Complejo Cultural / Interesantes cursos brinda el CFP 401 de Lezama / Vale con Bigote colmaron de risas el Complejo Cultural / Hablemos de Fútbol / Espacio UATRE / Taller de cocina para residentes del sector crónicos y el Hogar San Miguel / Turnos para la Junta Evaluadora de Discapacidad / El doctor Celeste no atenderá en el Hospital local / Estefanía Bottoni: Coordinadora Distrital de FINES / Trabajo intergeneracional en el geriátrico Celina Girard / Columna sobre Medio Ambiente / Consejo de Articulación de Políticas de Género y Diversidad Sexual / Convocatoria para defender la Educación Pública / Programa Integral de Seguridad Vial / Acto de apertura de los Juegos Bonaerenses 2024 / Reconocimiento a Fernando Urruty /

  • 22.8º

13 de diciembre de 2016

Recibimos y Publicamos

"La intimación que les ha sido cursada vía facebook por el intendente de Lezama, con amenaza de multa y clausura..."

Señor Director 

Tengo el agrado de dirigirme a Usted con el fin de que por su intermedio pueda hacerse saber a los vecinos comerciantes de Lezama, que no resulta obligatorio instalar sistemas de cámaras de video vigilancia en locales comerciales que no sean en los que se organicen actividades bailables, y aún en este caso, lo será cuando lo hagan con habitualidad, no en forma esporádica.
La intimación que les ha sido cursada vía facebook por el intendente de Lezama, con amenaza de multa y clausura es manifiestamente ilegal, como lo ha sido días pasados la clausura del bar “Vida Café”, propiedad de Evaristo Zabala, que fue dejada sin efecto por el Juzgado de Paz de Chascomús, justamente porque los bares o cafés no están obligados a tener cámaras, y mucho menos una despensa, como se ejemplifica en la intimación. Tampoco están obligados los kioscos, vendan o no bebidas alcohólicas, porque los motivos de la obligada vigilancia no pasa por la venta de bebidas alcohólicas sino por otro lado. Como el texto oficial del recordatorio sigue con un difuso “etc.”, no sabemos a qué otros locales se están refiriendo.
En sustento de cuanto se expresa en esta nota puede consultarse el texto de la ley provincial Nº 14.050, artículos 1º, 2º y 4º. Este articulado refleja claramente la exclusión de la video vigilancia en todo local comercial que no sea bailable por habitualidad.
Saludo atentamente

Raúl María Cavallini

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!