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LOCALES
2 de junio de 2015
En la última sesión del Concejo Deliberante, se aprobó un curioso proyecto con el que se intenta ordenar el tránsito de las bicicletas en la ciudad.
En la última sesión del Concejo Deliberante, se aprobó un curioso proyecto con el que se intenta ordenar el tránsito de las bicicletas en la ciudad.
En rigor de verdad, debemos decir que es necesario tomar medidas con este tipo de medio de trasnporte, quizá el más usado en Lezama, pero algunos puntos nos parecieron exagerados, como la prohibición del consumo de alcohol si se conduce una bicicleta.
¿No se podrá ir más de “una pedaleada” al boliche a tomar un vinito entonces?
El Bloque de Concejales del Frente Unión X Lezama es el autor del mencionado Proyecto que, luego de su aprobación y de no mediar veto por parte del Ejecutivo será una ley en Lezama.
El motivo de la presentación del proyecto es “La necesidad de reglamentar el uso de bicicletas”, de acuerdo a lo que dice el encabezamiento y en sus considerandos agrega que “resulta obligatorio conocer las normas de tránsito para los ciclistas, siendo similares las mismas, a las normas de tránsito de cualquier otro medio de de transporte.”
Los autores consideran cuatro normas específicas para los ciclistas:
Que el lugar para circular las bicicletas son las calles o bici-senda.... una bicicleta debe circular por los mismos sitios y en las mismas condiciones que otros medios de trasportes mecanizado, respetando el sentido de la circulación y todo tipo de señalizaciones.
Velocidad: la velocidad máxima a la que puede circular es de 45 Km/ h.
Visibilidad: es obligatorio que la bicicleta lleve
* Reflectantes homologados
* Luces delanteras y traseras de posición
* Una prenda reflectante en tramos interurbanos
* Timbre.
Los ciclistas deben llevar un casco obligatorio en tramos interurbanos, habría que especificar donde empieza, y respecto al alcohol, se aplicará el mismo régimen que para cualquier conductor, (el límite legal de alcohol en sangre es de 0,5 gramos para la conducción de automóviles).
Si esta ley prospera, estará prohibido conducir una bicicleta con auriculares puestos o hablando por teléfono.
las obligaciones para los ciclistas lezameses serán las siguientes:
* El uso del casco (tramos
interurbanos)
* Luces delanteras y traseras Prendas reflectantes (tramos interurbanos)
* Uso de timbre.
En el 2º artículo se establece n las prohibiciones:
* Consumo de alcohol
*Auriculares y telefonía móvil
* Circulación por la vereda-
Respecto a las sanciones dice: No uso de casco de 1 a 5 módulos.
No uso de luces delanteras y traseras de 1 a 3 módulos
No uso de prenda reflectante de 1 a 5 módulos
No uso de timbre de 1 a 3 módulos.
Consumo de alcohol de 1 a 10 módulos.
Auriculares y telefonía móvil de 1 a 5 módulos.
Circulación por la vereda de 1 a 3 módulos
Por último establece la normativa se publique y se dé a conocer durante 30 días después de la promulgación, con el fin de concientizar sobre la reglamentación establecida.
Además encomienda al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaria de Gobierno, que de comienzo en lo inmediato a charlas en todos los establecimientos educativos, con el propósito de informar a los alumnos y a través de ellos a toda la comunidad de los alcances de esta normativa.
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