22.8°C
Despejado
28 de enero de 2014
¿Quiénes podrán pedir dicho beneficio?
Quiénes podrán pedir
dicho beneficio?
* Entidades de Bien Público.
* Partidos Políticos.
* Establecimientos Educativos.
* Jubilados.
* Medios de Comunicación.
* Personas mayores de 65 años.
* Personas sin recursos.
* Ex Combatientes.
* Integrantes de cuerpo de Bomberos
Voluntarios.
Que documentación debe presentar?
* Presentar nota para solicitud de Eximición.
* Acreditar Personalidad Jurídica. (en caso
que corresponda)
* No poseer deuda al momento de presentar la
documentación correspondiente.-
* La vivienda debe ser única y de ocupación
permanente.
Personas sin recursos:
Se va a tener en cuenta la capacidad económica del titular y del grupo familiar.
* No debe superar los ingresos mensuales de los beneficiarios, en conjunto, al momento de la solicitud de eximición, el valor de $5.702,12 que equivale a dos salarios mínimos de la categoría Ingresante 35 hs. de la Administración Municipal. Para ello, el área de Desarrollo Social realizara el informe socio económico pertinente.
Importante
Las exenciones serán otorgadas a partir del momento de la presentación de la documentación correspondiente. Es decir, por ejemplo, si presenta la documentación en junio de 2014 quedará exento de la tasa municipal a partir de dicho mes, No anteriormente.
Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!
Seguinos
5492241474214