Domingo 7 de Diciembre de 2025

Hoy es Domingo 7 de Diciembre de 2025 y son las 07:44 - Atlético recibe al Lefu mañana sábado / Importante intervención quirúrgica en la UPA de Lezama / Super promo para comerciantes y emprendedores de Lezama / Lezama celebra su 16° Aniversario con dos grandes propuestas / Entrevista al intendente de Lezama / Agradecimiento / Dolores lanza su concurso de decoración para comercios y casas / Cooperadora Escuela N° 11 de Lezama / Nuevo horario bancario / ¡Lezama cumple 16 años y lo festejamos juntos! / ¡Se viene la Feria de Emprendedores ? Navidad Artesanal! / Reclamo conjunto de intendentes de la región para reactivar obras en la Cuenca del Salado / ANSES informa el calendario de pagos de diciembre / La columna del Dr. Celeste / Cambio de horario en el Municipio / Presupuesto 2026 / El Lefu está intratable / Lezama dijo presente en la conmemoración del Día de la Defensa Civil Nacional en La Plata / La Dirección de Deportes con nueva Línea Telefónica / Encuentro del cierre del Taller Multideportes PCD /

  • 22.8º

18 de abril de 2020

Comunicado de prensa de UATRE

El COVID-19 es declarado “enfermedad profesional”

 Los trabajadores rurales se encuentran exceptuados del aislamiento social obligatorio, y al realizar sus tareas, se encuentran en un importante riesgo de contagio. Frente a estas difíciles circunstancias, la Unión Argentina de Trabajadores Rurales (UATRE) informa que lo principal es constatar si los trabajadores desarrollan sus tareas en condiciones seguras, considerando cada uno de los protocolos de las empresas y las normas dictadas por las jurisdicciones donde realizan sus actividades.

         Debido al incremento en el riesgo de contagio, Presidencia de la Nación dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 367 el 13/4/2020, que establece expresamente que el COVID-19 es considerado una enfermedad de carácter profesional y por lo tanto obliga a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) a brindar cobertura ante estos casos. Además, deberán adoptar los recaudos necesarios para que, al tomar conocimiento de la denuncia, acompañado por el diagnostico correspondiente, los trabajadores damnificados reciban inmediatamente las prestaciones previstas en la Ley 24.557

         Por ello, en el caso de detectarse que algún trabajador rural ha contraído el COVID-19 deberá, de manera inmediata, notificarse a la ART para que brinde las prestaciones médicas y asistenciales que correspondan. Esto es de suma importancia, no solo para la prestación sanitaria, sino para las eventuales secuelas que puedan quedar por esta enfermedad (hasta una incapacidad laboral por insuficiencia respiratoria), que también deberán ser contempladas por la ART en el marco de la Ley 24.557 y sus normas modificatorias y complementarias.

 

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!