Lunes 18 de Agosto de 2025

Hoy es Lunes 18 de Agosto de 2025 y son las 15:52 - Roban dos motos el mismo día / Formula Nacional / Comienza el Clausura de la Liga / Cultura y Turismo / Licitaciones del Consejo Escolar / Elecciones 2025 / Arreglos en la plaza principal de Lezama / Espacio Político / Ya podés inscribirte en la primera carrera universitaria que se dictará en Lezama / Arreglos en la plaza de la autonomía / Encuesta del Observatorio Vial de CECAITRA / Luján 2025 / Presentación del libro ?Volver a Mí, donde nacen los milagros? / Comienzan las capacitaciones presenciales para autoridades de mesa en los 135 municipios de la Provincia / Se conoció el fixture del torneo apertura / Con una colorida jornada se festejó el Día de las Infancias / Juegos Bonaerenses / El día que Lezama se reveló / Todos por La Parroquia / Homenaje al Padre de la Patria /

  • 22.8º

9 de abril de 2021

¿Cuáles son las restricciones por el COVID en Lezama?

Esta mañana se publicó el Decreto firmado por el intendente Harispe mediante el cuál se dan a conocer las restricciones en el Partido de Lezama por el término de 21 días. Para conocer detalles en F.M La Nube dialogamos con el Secretario del Municipio Hernán Allen.

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE LEZAMA DECRETA

ARTÍCULO 1°: Dispónganse en el Partido de Lezama las siguientes restricciones parciales de actividades, las que se han definido aplicar mediante el siguiente esquema,  saber:

A).-Restaurantes; Bares; Resto Bar; Pizzerías y Cafeterías, con un máximo de 4 personas por mesa, cierre a las 00:00 hs.

B).- Actividades deportivas en lugares abiertos, solo personas con domicilio efectivo en el distrito, hasta las 23:00 hs. y quedando suspendidos cualquier tipo de torneo o competencia deportiva.

C).- Establecimientos comerciales, extremar medidas sanitarias, máximo de personas dentro de comercios según la capacidad permitida, garantizando la distancia mínima de DOS (2) metros entre ellas, utilizar tapabocas obligatoriamente en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias.

D) Se suspenden las actividades sociales en domicilios particulares.

E) Prohibición de funcionamiento de salones de fiestas y similares.

ARTÍCULO 2°:Las restricciones parciales de actividades se propician como medidas de prevención y en aras de bregar por la contención y disminución del riesgo general de contagio y propagación del virus SARS-CoV-2, de manera que regirán en toda la jurisdicción territorial del Partido de Lezama, por el plazo de veintiún (21) días, computados a partir de las 00:00 hs del día Sábado 10 de Abril de 2021.

ARTÍCULO 3°:El presente decreto será refrendado por el Secretario General.

ARTÍCULO 4°:Cúmplase, Publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!