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Despejado
3 de abril de 2020
Según el decreto Municipal N°303/2020 del día 01-042020 que fue dado a conocer en el día de ayer, se establece como horario de cierre de todos los comercios de Lezama las 17 horas.
Según el decreto Municipal N°303/2020 del día 01-042020, en el art. 1° establece:
Dispóngase que a a partir de las 00:00 hs. del día 03 de abril del corriente, los comercios radicados dentro del Partido de Lezama, deberán restringir la atención al público, cumpliendo con un régimen de apertura y cierre respectivamente de sus establecimientos entre las 07:00 y las 17:00 hs. El servicio modalidad Delivery de los comercios deberá realizarse en el mismo horario. (almacén, carnicería, verdulerías, art. limpieza, etc)
Para el caso de comercios gastronómicos, venta de comidas elaboradas, rotiserías, parrillas, pizzerías y similares podrán funcionar en el horario restringido de 07:00 a 17:00 hs sin aglomeración de personas en el local y se habilita servicio de delivery solamente entre las 19 hs. y 22 hs.
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