Viernes 9 de Mayo de 2025

Hoy es Viernes 9 de Mayo de 2025 y son las 08:36 - El 55% de los chicos de tercer grado no alcanza el nivel esperado de lectura / Dolores: 18 Kilates y Ángela Leiva estarán en la fiesta de la torta argentina / Alerta por estafas / Juegos Bonaerenses 2025 / Dia de la Virgen de Luján / Espacio UATRE / Tes hombres fueron aprehendidos por circular con un vehiculo robado / La Columna del Dr. Celeste del miércoles 7 de mayo / Charla informativa sobre programas de empleo / Plan de escrituración del Instituto de la Vivienda: Se abre Registro de Oposición / Envión de visita: El grupo de Lezama recibió a sus pares de Villa Argüello / Espacio ANSES / Atención comerciantes: se brinda una charla informativa sobre programas de empleo / ¿Quién para a "Las Loras"? / El Lefu venció a Belgrano y sigue siendo el único escolta / Maniobra de Heimlich / Se rindió homenaje al doctor Quijano en la inauguración de los consultorios externos / Hantavirus / Cuenta DNI: cuáles serán los beneficios para mayo / Fútbol liguista: Las Loras imparables /

  • 22.8º

24 de marzo de 2020

Comerciantes deberán retrotraer el precio del alcohol en gel al 15 de febrero

La OMIC local recibirá denuncias de los consumidores que adviertan sobreprecios.
La medida intenta poner un freno a los aumentos desmedidos en plena pandemia de coronavirus.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor de la Municipalidad de Lezama hace saber que, por Resolución Nº86/2020, se dispuso establecer la retrocesión transitoria del precio de venta del alcohol en gel -en todas sus presentaciones- cuya comercialización se encuentre autorizada en el territorio nacional, a los valores vigentes al día 15 de febrero de 2020. Los precios de venta establecidos por la presente medida no pueden ser alterados durante un período de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir del día 13/03/2020, momento de la entrada en vigencia de la resolución. Dicho plazo  puede ser prorrogado previo análisis del estado de situación de la emergencia sanitaria.

Se intima a las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización del alcohol en gel y sus insumos, a incrementar la producción de tales bienes hasta el máximo de su capacidad instalada durante el período de vigencia de la presente medida.

Las infracciones a las disposiciones de la Resolución Nº86/2020, serán sancionadas conforme a los contenidos en la Ley N° 20.680 y sus modificatorias, por lo que, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional; Provincial y Municipal que nos encontramos atravesando, se solicita a todos los establecimientos comerciales del Partido de Lezama atrapados por la norma, que sean respetuosos de ella evitando sanciones.

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!