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19 de marzo de 2020

Condenan a una persona de Castelli por amenazar y privar de su libertad a su esposa

Los hechos ocurrieron en Castelli en agosto de 2017. El fallo se dictó en el Tribunal en lo Criminal nº 1 Departamental en el marco de un juicio abreviado. La pena impuesta es de efectivo cumplimiento.
*fuente:castellidiario

En el marco de un juicio abreviado sustanciado en el Tribunal en lo Criminal n° 1 Departamental, la Dra. Claudia Castro actuando como Juez unipersonal condenó a un vecino de Castelli juzgado por amenazas, privación de la libertad y portación de arma de guerra, habiendo resultado víctima de los hechos su esposa, que es policía.

El juicio fue consensuado por el Fiscal Dr. Mario Rafael Pérez y el Defensor Particular Dr. Héctor Raúl Sánchez, con ratificación expresa del procesado en cuanto a la calificación y el estimado de la pena.

La Dra. Castro en su veredicto señaló tener legal y plenamente probado, que:

Hecho I: pasado el mediodía del 31 de agosto de 2017, en oportunidad que una oficial de la Policía local se encontraba correctamente uniformada y de custodia en inmediaciones del Jardín 902, en calle Clemente López y Mitre de la ciudad de Castelli, se constituyó en el lugar su ex esposo a bordo de un vehículo Chevrolet Corsa, quien le manifestó que ascendiera al rodado. Ya en el interior del mismo el sujeto comenzó a amenazarla diciéndole que la iba a matar, tras lo cual se abalanzó sobre la mujer y luego de un forcejeo logró quitarle la pistola Bersa Modelo Thunder 9 mm que provee el Ministerio de Seguridad de la Provincia a los efectivos policiales, logrando amedrentarla con su accionar, tras lo cual se dirigió raudamente con el vehículo en dirección a su domicilio, privándola de su libertad en momentos en que la víctima le rogaba “que no le hiciera nada y que la dejara bajar”.

Hecho II: el sujeto al llegar a un domicilio ubicado en la calle Cabildo detuvo la marcha, y colocando en su cintura la pistola que le había arrebatado a la víctima, valiéndose de varios empujones la obligó a que ingresara al interior de la vivienda.

Una vez allí extrajo la pistola de su cintura, y mientras proseguía con sus amenazas comenzó a manipular el arma de fuego, y quitándole el seguro efectuó un disparo en sentido contrario a donde se encontraba su ex esposa. Luego le apuntó, y tomándola por la espalda la trasladó hacia la ventana, donde ejerciendo violencia la empujó, quedando esta semi inmovilizada con el torso hacia afuera, privándola de tal manera de su libertad.

Personal policial que había acudido al lugar, luego de arduas negociaciones consiguió que el sujeto depusiera su actitud, siendo en esas circunstancias reducido y aprehendido.

Hecho III: desde el momento en que el sujeto le extrajo por la fuerza el arma reglamentaria a la mujer policía, su accionar estuvo enmarcado en portación indebida de un arma de fuego de guerra sin autorización legal.

La Juez al analizar el caso valoró distintos entre elementos, entre ellos el acta de procedimiento labrada por la policía, donde se daba cuenta de haberse recibido un llamado de emergencia porque un individuo había tomado como rehén a su esposa, que esta era personal policial, y que el sujeto tenía consigo un arma.

Al acercarse al lugar los efectivos constataron que el sujeto resultaba ser el ex esposo de la mujer privada de su libertad, que el arma era la reglamentaria provista a la víctima, que la misma tenía el martillo hacía atrás, es decir estaba lista para disparar. Que el individuo manifestaba estar dispuesto a dispararle a la mujer, pero quien luego de un largo dialogar -unos 40 minutos- depuso su actitud e hizo entrega de la pistola, siendo en esas circunstancias reducido, aprehendido e identificado como Luis Antonio Roldan.

Una vecina de ese domicilio al prestar declaración manifestó, haber escuchado a una mujer llorando detrás de una ventana, observando cuando se acercó a preguntar si necesitaba algo, que detrás de ella estaba su marido apretándola contra la ventana y apuntándole con un arma en la cabeza.

En el expediente se encuentra agregada una fotografía, donde se puede observar a la víctima apoyada sobre la ventana con medio torso afuera, tal como se había reflejado en el acta de procedimiento.

De la declaración de funcionarios policiales de la Comisaría local surge que el propio Roldán había llamado por teléfono a la seccional, diciendo que tenía a su ex mujer de rehén y que la iba a matar.

Otra policía, compañera de trabajo de la víctima, recordó haber visto al imputado en horas de la mañana del día del hecho circulando en auto por el lugar, señalando que aquélla le había dicho que su ex esposo la estaba controlando, que vigilaba su WhatsApp, que estaba sufriendo hostigamiento. Indicó también la testigo, que a la hora del suceso la había visto dialogar con su ex, subir al rodado, y que el mismo había salido gran velocidad. Que temiendo por su seguridad había informado a su base, dirigiéndose luego con su jefe hacia el domicilio del sujeto, comunicándose en esas circunstancias brevemente con su compañera, quien le había dicho que su esposo le había sacado el arma y la tenía amenazada con ella.

Por todo ello la Dra. Claudia Castro finalmente resolvió, condenar a Luis Antonio Roldan, de 38 años de edad, nacido y con  domicilio en Castelli, al hallarlo autor penalmente responsable de los delitos de “Amenazas en Concurso Ideal con Privación ilegítima de la Libertad Agravada; Amenazas agravadas por el uso de arma en Concurso real con Privación ilegítima de la libertad agravada y Portación ilegal de arma de Fuego de Guerra”, imponiéndole como pena “Tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento”.

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