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Despejado
17 de marzo de 2020
El jefe comunal reglamentó a nivel local lo dispuesto por el gobierno provincial.
¿Cuáles son las principales acciones que determina el decreto 283?
En adhesión al Decreto 132/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el Intendente Municipal Agrim. Arnaldo Harispe declaró, con fines preventivos, la emergencia pública en materia de salud en el partido de Lezama, a causa de la propagación del Coronavirus (COVID-19). En tal sentido, firmó el pasado viernes el decreto 283/20, estableciendo que:
- Locales Gastronómicos:Separar a más de un metro las mesas de los consumidores / Registro riguroso de los días y horarios que cumple cada empleado, para favorecer el accionar preventivo de los equipos de emergencia ante posible situaciones de riesgo / Garantizar alcohol en gel en todas las mesas / No permitir la acumulación de personas a la espera del servicio (“cola”) en el interior del local / Utilizar manteles y servilletas descartables y/o desinfectar las mesas cada vez que cambien los comensales / Extremar medidas de higiene.
- Locales Comerciales: extremar medidas de desinfección en probadores y ámbitos de alta circulación / llevar un registro riguroso de los días y horarios que cumple cada empleado, para favorecer el accionar preventivo de los equipos de emergencia ante posible situaciones de riesgo / Garantizar alcohol en gel en los mostradores / Intensificar medidas de higiene.
Lavado de manos frecuente con agua y jabón.
Cubrirse la nariz y la boca con el pliegue del codo o usar un pañuelo descartable al toser o estornudar (descarte inmediato)
Ventilar los ambientes
Limpiar objetos y superficies que se usen con frecuencia.
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