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26 de marzo de 2019

La Justicia desvinculó a Lezama del juicio de la rifa del campo

El Juzgado Civil y Comercial N° 7 de La Plata, desvinculó a Lezama de toda responsabilidad, habida cuenta de que este actor no existía cuando la rifa tuvo vigencia, y tampoco cuando las damnificadas iniciaron acciones legales -en el año 1998- por no recibir el premio.

El Juzgado Civil y Comercial N° 7 de La Plata, desvinculó a Lezama de toda responsabilidad, habida cuenta de que este actor no existía cuando la rifa tuvo vigencia, y tampoco cuando las damnificadas iniciaron acciones legales -en el año 1998- por no recibir el premio.

La justicia dejó firme la responsabilidad de la Municipalidad de Chascomús y la Provincia, que deberán afrontar los gastos del proceso y los montos que se determinen pagar a las demandantes por el premio y el daño emergente de los años de espera.

Otegui calificó de “infantil” la pretensión del Municipio de Chascomús de sumar a Lezama, cuando a todas luces estaba muy claro que ello era improcedente habida cuenta que este último municipio comenzó a funcionar como tal en 2011.

Asimismo, el letrado confesó que se sintió defraudado por el Secretario de Gobierno Pérez del Cerro y aseguró que la Ejecución de Sentencia se dividió en el daño emergente y en el lucro cesante.

Refirió Otegui que el Juzgado hizo especial hincapié en el tiempo transcurrido sin que se hubiese llegado a una solución, expresando que una de las beneficiadas con el sorteo de la rifa al igual que dos de los abogados que la patrocinaba junto a la restante ganadora, ya han fallecido.

El caso se inició en 1995, cuando tres escuelas rurales pidieron autorización al entonces intendente, Juan Carlos Salas, para realizar una rifa de 1.000 números cuyo premio era una fracción de terreno de 327 hectáreas, valuado en 15.000 dólares cada una, del que resultaron beneficiadas dos vecinas de Lezama: Sonia Dellavedova de Godoy y Clorinda Sandoni (actualmente fallecida).

Pero las ganadoras no pudieron escriturar el bien a su nombre porque la gestión comunal de entonces había cometido dos irregularidades: la de permitir la venta de 2.000 números en lugar de los 1.000 avalados por ordenanza, y la de no verificar que el campo estuviese escriturado.

Este, de hecho, sólo contaba con un boleto de compra venta tramitado por un particular que había comprado el lote y organizado la rifa, y antes del sorteo hipotecó el terreno, que tiempo después resultó rematado judicialmente y hoy está en manos de otro propietario ajeno a la cuestión.

Por ese motivo, las dos ganadoras no pudieron cobrar el premio y en 1998 iniciaron una acción judicial que culminó con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuya ejecución se llevará adelante conforme indicara el Dr. Otegui.

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