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29 de mayo de 2018

Medida cautelar impide a las empresas cortar el gas por falta de pago

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) informa.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), informa a todos los usuarios del Servicio Público de Gas Natural por Redes de la localidad que, con fecha 21 de mayo de 2018, el Dr. Alejo Ramos Padilla, en su carácter de Juez titular a cargo del Juzgado Federal de Dolores, en los autos caratulados “Consumidores Argentinos ¬ Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/ P.E.N. y otros /acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, ha dispuesto el dictado de una medida cautelar interina, a fin que todas las prestatarias del servicio de gas del país, se abstengan de llevar adelante, a partir del día de la fecha, cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago. A tal efecto, esta decisión deberá ser llevada adelante por ENARGAS.
La mencionada medida, según señala el resolutorio, ha sido dispuesta con la finalidad de garantizar elementales situaciones vinculadas al acceso a este servicio público y -de este modo- proteger a los sectores más vulnerables .
El decisorio aclara también que, la medida que se dicta es sin perjuicio de reevaluar la cuestión, una vez que se corran los traslados pertinentes y se garantice el contradictorio, debiendo analizarse también los supuestos de aquellos usuarios a los que durante este tiempo se les pudo haber cortado el servicio de gas.

 

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